¿Puede usted patrocinar a alguien para la residencia permanente después de declararse en bancarrota?

can you sponsor someone after filing bankruptcy

Declararse en bancarrota no elimina sus obligaciones de patrocinio existentes bajo el Formulario I-864, Affidavit of Support. Los tribunales han determinado de manera consistente que estas obligaciones no son descargables. A continuación, se explica lo que usted necesita saber sobre la bancarrota y el patrocinio migratorio.

La bancarrota no elimina las obligaciones del I-864

Bajo 11 U.S.C. § 523(a)(5), la bancarrota no elimina las obligaciones de manutención doméstica. Los tribunales federales clasifican las obligaciones del I-864 como manutención doméstica, lo que significa que sobreviven a la bancarrota, de manera similar a la pensión alimenticia y la manutención de menores.

Caso clave: En Hrachova v. Cook (In re Cook), 473 B.R. 468 (Bankr. M.D. Fla. 2012), el tribunal de bancarrota determinó que las obligaciones bajo el Formulario I-864 son obligaciones de manutención doméstica no descargables.

Esto significa que:

  • Usted sigue legalmente obligado(a) a mantener a la persona patrocinada al 125% de las Guías Federales de Pobreza (Federal Poverty Guidelines)
  • Las agencias gubernamentales pueden demandar para recuperar beneficios públicos que la persona patrocinada reciba.
  • La persona patrocinada puede demandarle directamente para exigir apoyo económico.

Estas obligaciones continúan a pesar de su declaración de quiebra.

¿Cuánto duran las obligaciones del I-864?

De acuerdo con 8 U.S.C. § 1183a, su obligación como patrocinador termina únicamente cuando:

  • La persona patrocinada se convierte en ciudadano(a) de los Estados Unidos
  • Acumula 40 trimestres de trabajo calificables (aproximadamente 10 años)
  • Sale permanentemente de los Estados Unidos
  • Pierde su estatus de residente permanente y es removida
  • Usted o la persona patrocinada fallece

Lo que NO termina su obligación:

  • Divorcio o separación
  • Declararse en bancarrota
  • Dificultades económicas
  • Que la persona patrocinada se vuelva autosuficiente
  • Volver a casarse (usted o la persona patrocinada)

¿Puede usted patrocinar a alguien nuevo después de la bancarrota?

Sí, pero solo si cumple con los requisitos actuales de ingresos. USCIS sigue exigiendo que los patrocinadores demuestren ingresos equivalentes a:

  • 125% de las Federal Poverty Guidelines para la mayoría de los patrocinadores
  • 100% para militares en servicio activo que patrocinan a un cónyuge o hijo

Si sus ingresos son insuficientes

Opción de patrocinador conjunto: Un patrocinador conjunto que cumpla con los requisitos de ingresos puede presentar un I-864 separado. Asume las mismas obligaciones y responsabilidad legal que el patrocinador principal. Requisitos:

  • Ciudadano(a) estadounidense o residente permanente legal
  • Al menos 18 años de edad
  • Domicilio en Estados Unidos
  • Ingresos al 125% de las guías de pobreza (de manera independiente; no se pueden combinar ingresos)

Opción de activos: Puede utilizar activos si posee propiedades o ahorros. La fórmula:

  • Estándar: Los activos deben equivaler a 5 veces la diferencia entre sus ingresos y el ingreso requerido
  • Excepción: Para ciudadanos estadounidenses que patrocinan a cónyuges o hijos mayores de 18 años, los activos deben equivaler a 3 veces la diferencia

Impacto de la bancarrota en solicitudes pendientes

Antes de la aprobación de la green card

Si usted se declaró en bancarrota antes de que la persona patrocinada recibiera su residencia permanente:

Revisión de USCIS: Los oficiales evaluarán si usted cumple actualmente con los requisitos de ingresos. Si sus ingresos después de la bancarrota son insuficientes, puede esperar:

  • Solicitud de patrocinador conjunto
  • Solicitud de documentación adicional de activos
  • Posible denegación por motivos de carga pública

Casos en el National Visa Center (NVC): Si el caso está en NVC, le requerirán documentación actualizada de ingresos. Deberá incluir sus declaraciones de impuestos recientes y prueba de empleo actual.

Después de la aprobación de la green card

Su bancarrota no afecta el estatus migratorio de la persona patrocinada. Sin embargo:

Reclamos de agencias gubernamentales: Si la persona patrocinada recibe beneficios públicos sujetos a verificación de recursos (Medicaid, SNAP, TANF, SSI), las agencias pueden demandarle para reembolso conforme a 8 CFR 213a.4.

Aplicación de la ley privada: La persona patrocinada puede demandar en tribunales federales o estatales para exigir pagos que alcancen el 125% de las guías de pobreza. Los tribunales han respaldado estas demandas incluso cuando:

  • La persona patrocinada vive con otra persona
  • La persona patrocinada puede trabajar
  • El matrimonio terminó en divorcio
  • El patrocinador se declaró en bancarrota

Qué sucede con las obligaciones existentes del I-864 en la bancarrota

Durante la bancarrota

Sus obligaciones bajo el I-864 no se suspenden al presentar bancarrota. Esto significa:

  • Las agencias gubernamentales pueden continuar con acciones de cobro
  • La persona patrocinada puede iniciar o continuar demandas
  • Estas deudas no se incluyen en la descarga

Después de la bancarrota

Después de la descarga, usted sigue siendo plenamente responsable bajo el I-864. Los tribunales han rechazado argumentos como:

  • Que la dificultad económica debería eximir la obligación
  • Que la persona patrocinada debería mitigar daños trabajando
  • Que acuerdos prenupciales o postnupciales sustituyen el I-864
  • Que la bancarrota elimina el contrato

Obligaciones legales que sobreviven a la bancarrota

Los tribunales analizan si la obligación del I-864 constituye una obligación de manutención doméstica según 11 U.S.C. § 101(14A):

Para cónyuges e hijos: Casi todos los tribunales consideran que estas obligaciones de manutención familiar no son condonables.

Para otros familiares: Algunos tribunales han indicado que las obligaciones contraídas con padres, hermanos u otros familiares podrían ser condonables, pero las leyes al respecto son limitadas. La mayoría de I-864 involucran a ex-cónyuges.

Pasos prácticos si enfrenta bancarrota y obligaciones del I-864

1. Verifique si su obligación ha terminado

Confirme si la persona patrocinada ha:

  • Obtenido la ciudadanía (solicite certificado de ciudadanía)
  • Acumulado 40 trimestres de trabajo
  • Salido permanentemente de EE. UU.

Nota: Los trimestres pueden combinarse con los del cónyuge durante el matrimonio conforme a la Sección 213A(a)(3).

2. Documente todas sus circunstancias financieras

Si es demandado(a):

  • Mantenga registros de ingresos y gastos
  • Documente pagos realizados
  • Conserve evidencia de ingresos y activos de la persona patrocinada (aunque esto no reduce su obligación según los tribunales)

3. Comprenda los mecanismos de ejecución

Reclamos de agencias gubernamentales:

  • Agencias deben demostrar que los beneficios fueron sujetos a verificación de recursos
  • Pueden recuperar costos, honorarios legales e intereses
  • Los reclamos no prescriben.

Reclamos privados:

  • La persona patrocinada puede demandar por la diferencia entre sus ingresos y el 125% de las pautas de pobreza.
  • Los tribunales suelen otorgar pensión alimenticia continua, no solo el pago de las cantidades atrasadas.
  • Los honorarios de los abogados son recuperables por la parte vencedora.

4. Considere un acuerdo

Dado que existen pocas defensas, muchos patrocinadores negocian:

  • Pagos únicos
  • Acuerdos estructurados
  • Planes de pago modificados

Los tribunales tienen amplia discreción a la hora de estructurar las medidas de reparación.

Requisitos de ingresos para nuevos patrocinios después de la bancarrota

Para patrocinar después de la bancarrota, debe demostrar ingresos actuales mediante:

  • Declaración de impuestos federal más reciente
  • Formularios W-2 o 1099
  • Talones de pago recientes (últimos 6 meses recomendados)
  • Carta de verificación de empleo
  • Evidencia de ingresos continuos

Si sus ingresos varían, presentar tres años de declaraciones fortalece la solicitud.

Requisito de cambio de dirección

Bajo 8 U.S.C. § 1183a(d), los patrocinadores deben reportar cambios de dirección dentro de 30 días usando el Formulario I-865. El incumplimiento conlleva sanciones civiles:

  • $250–$2,000 si el patrocinador no sabía que la persona patrocinada recibía beneficios
  • $2,000–$5,000 si el patrocinador sabía de los beneficios.

Debe presentar el I-865 incluso después de declararse en bancarrota.

Cuando la bancarrota afecta a la persona patrocinada

Bancarrota de la persona patrocinada: Si la persona patrocinada se declara en bancarrota, esto no afecta a:

  • Su estatus migratorio
  • Su obligación de apoyarla
  • Su elegibilidad para ciudadanía

Bancarrota conjunta:

Si usted y su cónyuge patrocinado presentan juntos, su obligación del I-864 sigue vigente tras la descarga.

Contacte al Law Office of Lina Baroudi

La intersección entre la bancarrota y el derecho migratorio crea situaciones complejas con consecuencias serias. Ya sea que usted esté considerando la bancarrota mientras patrocina a alguien, o enfrente la ejecución de un I-864, podemos ayudarle a:

  • Entender sus obligaciones legales continuas
  • Evaluar si su patrocinio ha terminado
  • Analizar opciones para nuevos patrocinios
  • Responder a reclamaciones de reembolso de beneficios
  • Defenderle ante acciones legales privadas

Contáctenos hoy para analizar su situación específica. El sistema migratorio de EE. UU. puede generar situaciones difíciles para familias con problemas financieros, pero una asesoría legal adecuada le ayudará a comprender sus derechos y obligaciones conforme a la ley vigente.

Author Bio

Lina Baroudi is the owner and managing attorney at the Law Office of Lina Baroudi. Lina is a dedicated immigration attorney with over ten years of experience in the field. As an immigrant herself, having moved to the United States from Syria at a young age, Ms. Baroudi understands the challenges and complexities that immigrants face. Her personal connection to immigrant rights fuels her passion and commitment to achieving success for her clients.

Throughout her career, Lina has been recognized for her excellence in immigration law. She was listed in the California 2015-2020 Rising Stars List by Super Lawyers, an honor given to only 2.5 percent of attorneys in the state. Lina’s proficiency in the field is further evidenced by her role as a Law Clerk at the California Court of Appeal for the Sixth Appellate District, where she gained invaluable experience and knowledge. She also received the prestigious Witkin Award for Academic Excellence in Immigration Law during her time at Golden Gate University School of Law.

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